Condiciones de compra Keune Haircosmetics Manufacturing B.V. Versión 12.2020

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¿No es usted proveedor, sino cliente de Keune? Lea aquí las Condiciones Generales para Consumidores.

PARTE A - GENERALIDADES 1 - Definiciones

1.1 Las siguientes definiciones se utilizan en estos términos y condiciones:

  • Cliente: la entidad antes mencionada, incluidas todas las entidades jurídicas afiliadas a ella, según lo dispuesto en el artículo 2:24b del Código Civil neerlandés.

  • Proveedor: la otra parte distinta al Cliente, que es capaz de proporcionar el Rendimiento.

  • Acuerdo: cualquier acuerdo entre el Cliente y el Proveedor relativo a la Prestación.

  • Prestación: los productos y/o servicios que debe entregar el Proveedor, la provisión del derecho de uso y los resultados relacionados con estas entregas (incluidos los derechos de propiedad intelectual), o una combinación de los mismos, todo ello incluyendo las actividades encaminadas a la entrega de la Prestación, los materiales y la documentación.

2 - Disposiciones generales

2.1 Estas condiciones se aplican a todas las Prestaciones a realizar por el Proveedor en beneficio del Cliente, incluyendo el proceso de oferta y negociación relativo a las mismas y los pedidos realizados.

2.2 Estas condiciones constan de: Parte A - Generalidades; Parte B - Trabajo flexible; Parte C - Facility Services; Parte D - TIC; Parte E - Logística; Parte F - Ejecución de obras, trabajos de instalación técnica y/o mantenimiento.

2.3 La parte A (general) se aplica siempre, entendiéndose que a veces se distingue entre suministro de productos y prestación de servicios. Las Partes B a F se aplican además de la Parte A y sólo se aplican si el Cliente adquiere los servicios en cuestión. En caso de incoherencias entre la Parte A y cualquiera de las otras partes, prevalecerán las disposiciones de la otra parte para el servicio pertinente al que se refiera dicha parte.

2.4 En caso de que el Cliente esté formado por varias empresas que adquieran Servicios del Proveedor, se establecerán relaciones separadas entre el Proveedor, por un lado, y los Clientes individuales afectados, por otro. Esto implica que los derechos y obligaciones del Proveedor, tal y como se describen en estas condiciones, sólo se refieren a la entrega de la Prestación a ese Cliente individual y a la relación entre el Proveedor y el Cliente individual.

2.5 No se aplicarán las condiciones generales ni las condiciones de la sucursal utilizadas por el Proveedor, aunque se haga referencia a ellas en correos electrónicos, facturas u otros documentos (digitales).

2.6 Las desviaciones y/o modificaciones de las presentes Condiciones de Compra deberán acordarse expresamente por escrito.

2.7 Todas las partes financiarán por sí mismas la totalidad de las inversiones, aunque no se haya establecido ninguna relación entre el Proveedor, por un lado, y el Cliente, por otro. 2.8 En ningún caso podrá obligarse al Cliente a adquirir un determinado volumen mínimo o a comprar alguna de las Prestaciones del Proveedor en régimen de exclusividad.

3 - Formación del Contrato y modificaciones

3.1 Toda oferta del Proveedor es gratuita y tiene un periodo de validez de al menos seis meses, a menos que en la oferta se indique un periodo más largo.

3.2 Si la confirmación del pedido por parte del Proveedor se desvía del pedido o de la orden original, el Cliente sólo quedará vinculado después de haber aceptado expresamente y por escrito la desviación.

3.3 El Cliente tiene derecho a modificar el alcance y/o la calidad de la prestación a suministrar mediante notificación al Proveedor. Si una modificación, en opinión del Proveedor, tiene consecuencias para el precio fijo acordado y/o el plazo de entrega, estará obligado, antes de efectuar la modificación, a informar de ello al Cliente por escrito lo antes posible. Si estas consecuencias para el precio y/o el plazo de entrega son, en opinión del Cliente, poco razonables, las partes se consultarán al respecto. Los cambios resultantes de dichas consultas se acordarán por escrito.

3.4 El Proveedor no podrá introducir ni realizar ningún cambio en la prestación sin el consentimiento previo por escrito del Cliente.

4 - Precios

4.1 Todos los precios se entienden en euros y sin IVA. Salvo pacto contrario, los precios incluyen todos los costes relacionados con la prestación y las obligaciones del Proveedor, como, por ejemplo, impuestos, gravámenes, gastos de viaje y alojamiento del Proveedor.

4.2 El Proveedor garantiza que los precios, tal y como los aplica frente al Cliente, no superan o apenas superan los precios de venta de prestaciones cualitativamente equivalentes de otros proveedores.

4.3 El precio acordado es fijo y no puede ser aumentado unilateralmente por el Proveedor, a menos que se haya acordado explícitamente por escrito un aumento del precio.

5 - Trabajos adicionales

5.1 Los costes adicionales o los trabajos adicionales no tendrán derecho a indemnización, a menos que se deriven de deseos adicionales del Cliente o de circunstancias que razonablemente deban correr por cuenta y riesgo del Cliente. Los trabajos que el Proveedor pudiera o debiera haber previsto que serían necesarios para entregar la prestación de acuerdo con las especificaciones acordadas no se considerarán trabajos adicionales.

5.2 Si el Proveedor considera que habrá trabajos adicionales susceptibles de compensación, informará de ello al Cliente lo antes posible por escrito y emitirá una oferta por escrito, en la que se especificará un precio fijo, así como un plazo para la realización de los trabajos adicionales.

5.3 El Proveedor no podrá comenzar con la realización del trabajo adicional antes de que el Cliente haya aprobado por escrito la oferta a la que se hace referencia en el párrafo anterior. El trabajo adicional también está sujeto a estas condiciones.

6 - Entrega de la prestación (general)

6.1 El Proveedor entregará la prestación en el lugar y a la hora acordados o en el plazo o plazos acordados.

6.2 Tan pronto como el Proveedor sepa o prevea que la Prestación no puede ser entregada en el momento o plazo acordado, el Proveedor informará inmediatamente al Cliente de la causa, las consecuencias y las posibles medidas para limitar el retraso y cualquier daño. Todo ello sin perjuicio de los derechos del Cliente.

6.3 A menos que se acuerde explícitamente lo contrario por escrito, el Proveedor no está autorizado a realizar entregas por partes.

6.4 El Proveedor renuncia a los derechos y facultades que le corresponden en virtud del derecho de retención.

7 - Entrega de productos

7.1 El presente artículo 7 sólo será de aplicación en la medida en que la prestación consista en la entrega de productos.

7.2 El transporte de los productos a entregar por el Proveedor hasta el lugar acordado será por cuenta y riesgo del Proveedor, incluidos los impuestos (de importación) y otros gravámenes relacionados, salvo que se acuerde otra cosa.

7.3 Todos los productos deberán estar debidamente embalados y asegurados de forma que, con un transporte normal, lleguen a su destino en buenas condiciones.

7.4 El Cliente tiene derecho a exigir al Proveedor que retire gratuitamente el material de embalaje y empaquetado suministrado por él.

7.5 Tan pronto como los productos suministrados por el Proveedor hayan sido entregados en el lugar acordado y hayan sido aceptados por el Cliente, éste se convierte en propietario de los mismos. Si el pago de los productos se realiza antes de la entrega, el Cliente se convertirá en propietario de los productos tan pronto como se haya realizado el pago.

7.6 El Proveedor asumirá el riesgo de daño o pérdida de los productos hasta el momento de la aceptación por parte del Cliente o, si ésta se produce en un momento posterior, hasta el momento de la entrega efectiva de la maleta en el lugar de entrega acordado. El riesgo no se transmitirá al Cliente mientras el Proveedor no haya cumplido (totalmente) sus obligaciones de entrega.

8 - Provision of services

8.1 El presente artículo 8 sólo será de aplicación en la medida en que la prestación consista en la provisión de servicios.

8.2 El Proveedor garantiza que los servicios a prestar al Cliente se llevarán a cabo de manera competente, de acuerdo con el último estado del artículo y sin interrupción.8.3 El Proveedor es responsable y se hará cargo de los recursos, empleados y/o terceros a los que se recurra para la prestación de los servicios.

8.4 Los empleados desplegados por el Proveedor en relación con los servicios a prestar deberán tener la cualificación, experiencia y conocimientos adecuados, así como los diplomas o acreditaciones habituales y/o legalmente exigidos. El Cliente podrá establecer requisitos adicionales o específicos para los empleados desplegados por el Cliente, como por ejemplo la presentación de un Certificado de Buena Conducta.

8.5 En caso de que un empleado no pueda o, en opinión razonable del Cliente, no sea apto para realizar las actividades que deben llevarse a cabo en relación con la prestación, el Proveedor garantizará la sustitución oportuna y adecuada de dicho empleado, sin incremento alguno de las tarifas u honorarios acordados.

9 - Aceptación

9.1 Si el Cliente lo solicita, el Proveedor ofrecerá (partes de) la prestación para su aprobación (aceptación) y cooperará plenamente a este respecto.

9.2 Incluso después de la aceptación, la Prestación deberá seguir cumpliendo lo dispuesto en el artículo 10.1.

9.3 Los productos o materiales rechazados quedarán a disposición del Proveedor. Si el Proveedor no recoge los productos rechazados en un plazo razonable fijado por el Cliente, estos productos podrán ser devueltos o destruidos por el Cliente por cuenta y riesgo del Proveedor.

10 - Calidad

10.1 El Proveedor garantiza que: a. la Prestación cumple las características prometidas, las especificaciones y condiciones acordadas y/o los planos, muestras, modelos y/u otros datos aprobados por el Cliente; b. la Prestación cumple los requisitos de solidez, calidad y medioambientales que se le impongan, y está libre de defectos, así como de derechos de terceros; c. la Prestación cumple la normativa aplicable del sector, las leyes y reglamentos aplicables, y los requisitos de seguridad, y es adecuada para el fin al que se destina la Prestación d. cuenta con la calidad, certificaciones, conocimientos y experiencia necesarios para poder ejecutar el Contrato con una alta calidad.

10.2 El Proveedor garantiza que se han suministrado todos los elementos e información pertinentes, incluida la documentación, piezas, materiales auxiliares, accesorios, herramientas, piezas de repuesto, instrucciones de uso y libros de instrucciones. El Cliente podrá utilizar y reproducir la información así suministrada para su propio uso.

10.3 Si la prestación no se ajusta a lo dispuesto en el artículo 10.1, el Proveedor deberá reparar o sustituir inmediatamente o subsanar el defecto o la deficiencia a costa del Cliente, a su elección, y sin perjuicio de los demás derechos del Cliente.

10.4 Si el Proveedor incumple sus obligaciones en virtud de este artículo o no lo hace de forma completa o adecuada, el Cliente tendrá derecho, transcurrido un plazo razonable y a expensas del Proveedor, por sí mismo o mediante la intervención de un tercero contratado por él, a sustituir o reparar la Prestación suministrada.

10.5 El Cliente podrá invocar el Artículo 10.1 durante un periodo que, teniendo en cuenta la naturaleza de la Prestación, sea razonable, pero no inferior a un periodo de dos años tras la entrega y aceptación de la Prestación. No serán de aplicación los artículos 6:89 y 7:23 del Código Civil neerlandés.

11 - Disponibilidad de piezas de repuesto y de servicio

11.1 El Proveedor garantiza la disponibilidad de las piezas de repuesto y de servicio necesarias para la reparación y el mantenimiento de las Prestaciones entregadas a precios razonables y con el descuento habitual durante al menos 10 (diez) años después de la última entrega de las Prestaciones en virtud del Contrato.

12 - Suministro de información y verificación

12.1 A petición del Cliente, el Proveedor facilitará, en la forma y frecuencia prescritas por el Cliente, toda la información e informes que el Cliente considere relevantes en el contexto de la (ejecución) del Contrato.

12.2 El Cliente tiene derecho a exigir una declaración del contable externo del Proveedor sobre la exactitud e integridad de los importes facturados al Cliente u otra información facilitada por el Proveedor al Cliente.

12.3 El Cliente tiene derecho a investigar el rendimiento y la calidad de la Prestación y el cumplimiento de los acuerdos celebrados y de las condiciones aplicables al respecto. El Proveedor prestará al Cliente y a cualquier auditor cualificado contratado por el Cliente para la auditoría toda la asistencia necesaria para ello, e implementará los puntos de mejora encontrados a sus expensas.

13 - Facturación y pago

13.1 El Proveedor tendrá derecho a facturar tras la entrega y aceptación de la prestación suministrada. La facturación parcial o anticipada sólo está permitida previo consentimiento por escrito del Cliente.

13.2 La facturación se realizará en la forma prescrita por el Cliente y deberá cumplir los requisitos legales. En cada factura se indicará el número de compra o pedido y se facilitará una descripción de la prestación suministrada a la que se refiere la factura, así como el resto de información requerida por el Cliente.

13.3 El pago de las cantidades adeudadas por el Cliente tendrá lugar en un plazo de 60 días a partir de la recepción de la factura por parte del Cliente y de la aceptación de la Prestación facturada, salvo que se acuerde expresamente otra cosa por escrito.

13.4 El Cliente tiene derecho a exigir al Proveedor la constitución de una garantía (por ejemplo, una garantía bancaria) para el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Contrato.

13.5 El Cliente y las empresas afiliadas al Cliente tienen derecho a compensar sus reclamaciones al Proveedor con las reclamaciones del Proveedor al Cliente o a las empresas afiliadas al Cliente.

13.6 El impago por parte del Cliente de una factura por razón de una clara inexactitud sustancial de dicha factura o de la insuficiencia de la Prestación facturada no dará derecho al Proveedor a suspender o rescindir su prestación.

13.7 El pago por parte del Cliente no implica la renuncia a ningún derecho que le corresponda ni la aceptación de la Prestación entregada por el Proveedor.

14 - Normas de ubicación

14.1 Si el Proveedor lleva a cabo actividades en un emplazamiento del Cliente, el Proveedor deberá observar las instrucciones, normativas (legales) y normas de comportamiento y vivienda aplicables al emplazamiento. En la ejecución del Contrato, el Proveedor adoptará todas las medidas de seguridad que, a la vista de la naturaleza del Contrato y de acuerdo con las normas generalmente aceptadas en el sector, sean necesarias y/u obligatorias.

15 - Responsabilidad y Seguros

15.1 En materia de responsabilidad, las partes se someten a las disposiciones del Código Civil.

15.2 El Proveedor indemnizará al Cliente por todas las reclamaciones y daños relacionados con la entrega de la Prestación por parte del Proveedor, cualquier deficiencia en el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor para con el Cliente, y/o cualquier acto ilícito por parte del Proveedor.

15.3 Sin perjuicio de las disposiciones anteriores, el Proveedor mantendrá, durante la vigencia del Contrato, un seguro de responsabilidad civil adecuado, que proporcione una cobertura mínima de cinco millones de euros por evento. A la primera solicitud del Cliente, el Proveedor le facilitará una copia de la póliza de seguro.

16 - Ley de responsabilidad vicaria y contingente de la Seguridad Social en materia de prestación de servicios

16.1 En la ejecución del Contrato con respecto a sus empleados, el Proveedor deberá cumplir las leyes y reglamentos aplicables, así como cualquier convenio colectivo aplicable. El Proveedor registrará todos los acuerdos de condiciones laborales para la ejecución del Suministro de forma transparente y accesible.

16.2 Previa solicitud, el Proveedor facilitará a las autoridades competentes y/o al Cliente el acceso a estos acuerdos sobre condiciones laborales y cooperará en inspecciones, auditorías o validación salarial, todo ello en la medida en que lo permita la ley.

16.3 El Proveedor se compromete frente al Cliente: a. a facilitar al Cliente, a la primera solicitud de éste, una copia de los extractos actuales del historial de pagos con la Hacienda Pública; b. a cumplir estrictamente todas las instrucciones del Cliente, incluidas las relativas a la identificación de los empleados contratados en el Cliente por el Proveedor, y a imponerlas a los empleados en cuestión.

16.4 El Proveedor está obligado a imponer plenamente las obligaciones establecidas en los Artículos 16.1, 16.2 y 16.3 a todas las partes con las que celebre contratos para la ejecución del Contrato.

16.5 El Cliente está autorizado, en los casos que éste determine, a retener la parte del pago acordado correspondiente al impuesto sobre el salario, al impuesto sobre el volumen de negocios y a las cotizaciones a la seguridad social de los importes adeudados por el Cliente y a ingresarlos en una cuenta bloqueada que deberá mantener el Proveedor (cuenta G).

16.6 El Proveedor indemnizará al Cliente frente a reclamaciones de terceros en relación con el incumplimiento por parte del Proveedor de cualquier obligación frente a sus empleados, el Cliente o la Administración Tributaria.

17 - Propiedad de los materiales

17.1 Todos los materiales, moldes, software, códigos fuente, diseños (funcionales, técnicos y de diseño), textos, descripciones, documentación (técnica), datos (administrativos) y similares relacionados con la Prestación son propiedad del Cliente y serán conservados cuidadosamente por el Proveedor durante un periodo de cinco años, o durante el tiempo que exija la normativa legal aplicable. A primer requerimiento del Cliente, el Proveedor entregará o destruirá los materiales mencionados. Una vez transcurrido dicho plazo, las partes determinarán de común acuerdo qué hacer con dichos materiales.

18 - Derechos de propiedad intelectual

18.1 Todos los derechos de propiedad intelectual que surjan en el contexto de la prestación (que también incluyen diseños, imágenes, dibujos, bocetos, modelos y ofertas) corresponden al Cliente en el momento de su creación, a menos que se acuerde explícitamente lo contrario por escrito. En la medida en que lo exija la ley, el Proveedor transferirá estos derechos al Cliente a la primera solicitud, transferencia que se acepta por la presente. En la medida en que sea necesaria otra escritura para la cesión de dichos derechos, el Proveedor autoriza irrevocablemente al Cliente a redactar dicha escritura y a firmarla en nombre del Proveedor. La cesión de los derechos de propiedad intelectual a la que se refiere este artículo implica también la renuncia a los derechos personales en la medida permitida por la ley.

18.2 En la medida en que la Prestación incluya derechos de propiedad intelectual (o derechos comparables) que ya correspondieran al Proveedor o a sus licenciantes al inicio del Contrato y, por tanto, no hayan sido creados específicamente en beneficio del Cliente, el Proveedor concede al Cliente, de forma gratuita, una (sub)licencia no exclusiva, mundial, irrevocable, ilimitada, transferible y perpetua con respecto a dichos derechos.

18.3 El Proveedor indemnizará al Cliente por todas las reclamaciones relacionadas con la infracción de cualquier derecho de un tercero con respecto a la Prestación suministrada.

18.4 En caso de que se establezca judicial o extrajudicialmente que el uso de (parte de) la prestación infringe los derechos de terceros, el Proveedor, a su costa y a elección del Cliente a. obtendrá el derecho del Cliente a seguir utilizando la prestación; b. sustituirá la parte infractora de la prestación por otra parte no infractora; o c. modificará la prestación, con la debida observancia de los requisitos y especificaciones establecidos por el Cliente, de forma que cese la infracción.

18.5 Cualquier cambio y/o sustitución en relación con el artículo 18.4 no podrá dar lugar a que se restrinjan al Cliente las posibilidades de uso de (partes de) la Prestación. Si el Proveedor no logra una de las soluciones mencionadas, el Proveedor recuperará la prestación y compensará al Cliente por el precio sobre la base del nuevo valor vigente en ese momento, todo ello sin perjuicio de los demás derechos del Cliente.

18.6 El Proveedor no está autorizado a utilizar marcas, nombres comerciales y logotipos del Cliente o de empresas afiliadas al Cliente sin el consentimiento previo por escrito del Cliente.

19 - Secreto y tratamiento de datos (personales)

19.1 El Proveedor observará la confidencialidad con respecto a la información, especificaciones, dibujos, know-how y otros datos procedentes del Cliente, cuyo carácter confidencial conozca o deba conocer. El Proveedor no está autorizado a poner en modo alguno a disposición de terceros los datos mencionados, ni a utilizarlos él mismo, salvo en relación con el Contrato. El Proveedor impondrá esta obligación a su personal y a los terceros contratados por él.

19.2 El Proveedor sólo podrá anunciar o dar publicidad al hecho de que suministra productos o presta servicios para el Cliente, o utilizar al Cliente como referencia, previa autorización expresa y por escrito del Cliente. El Cliente tiene derecho a retirar la autorización concedida.

19.3 Si el Proveedor utiliza, recopila y/o registra datos personales en el marco de la prestación, el Proveedor cumplirá todas las leyes y reglamentos (europeos) aplicables en materia de protección de datos personales. A primera solicitud del Cliente, el Proveedor firmará un acuerdo de procesamiento del Cliente para garantizar esto.

19.4 Todos los datos utilizados, recopilados y/o registrados por el Proveedor en el marco de las Prestaciones son y seguirán siendo en todo momento propiedad del Cliente y serán protegidos adecuadamente por el Proveedor contra pérdida, divulgación o tratamiento ilícito. El Proveedor facilitará estos datos al Cliente a la primera solicitud en el formato deseado por el Cliente. El Proveedor no está autorizado a modificar estos datos, utilizarlos (salvo en relación con la ejecución del Contrato), destruirlos o facilitarlos a terceros, sin el consentimiento previo del Cliente.

20 - Fuerza mayor

20.1 En caso de fuerza mayor (temporal), el Proveedor quedará liberado (temporalmente) de sus obligaciones derivadas del Contrato. Si la situación de fuerza mayor no ha finalizado en el plazo de tres semanas, el Cliente tendrá derecho a disolver o cancelar el Contrato. En este caso, el Proveedor no tendrá derecho a indemnización ni a la anulación de las prestaciones ya entregadas.

20.2 El término fuerza mayor no incluirá en ningún caso el incumplimiento o el retraso en el cumplimiento por parte de un tercero de sus obligaciones para con el Proveedor; la enfermedad, la inadaptación o la falta de personal del Proveedor o de terceros contratados por el Proveedor; y las huelgas.

21 - Vigencia, cancelación, disolución y rescisión

21.1 A menos que las partes hayan acordado explícitamente por escrito un contrato de duración determinada o un plazo de preaviso distinto del que se indica a continuación, el Cliente tendrá derecho a rescindir el Contrato (prematuramente) con un plazo de preaviso de un mes, sin que el Proveedor tenga derecho a indemnización alguna.

21.2 En caso de que la realización de la prestación como consecuencia de Covid-19 (o una variante de Covid-19 o cualquier otra epidemia) y/o por medidas impuestas por las autoridades en relación con la misma no pueda llevarse a cabo, o no pueda realizarse según lo previsto a la celebración del Contrato y/o realización del pedido o pedidos pertinentes, el Cliente tendrá derecho a rescindir el Contrato y/o el pedido o pedidos pertinentes de forma gratuita, sin que el Proveedor tenga derecho a indemnización alguna.

21.3 En caso de que a. el Proveedor incumpla cualquiera de sus obligaciones bajo el Contrato (o estas Condiciones) y el Proveedor, después de haber sido advertido por escrito, incumpla su(s) obligación(es) dentro de un periodo razonable de tiempo como se establece en la advertencia relevante; o b. la toma de control de (parte de) la actividad del Proveedor con efecto inmediato y sin que sea necesaria la intervención judicial y sin que el Cliente esté obligado a pagar indemnización alguna, el Cliente tiene derecho bien a suspender el cumplimiento de sus obligaciones en virtud del Acuerdo, bien a disolver el Acuerdo, en su totalidad o en parte. El Acuerdo, bien a disolver o notificar la rescisión del Acuerdo en su totalidad o en parte, a discreción del Cliente. En todos los casos, el Cliente tendrá derecho a cobrar al Proveedor todos los daños sufridos y los costes incurridos por el Cliente.

21.4 Cada una de las partes tiene derecho a rescindir el Contrato total o parcialmente con efecto inmediato, sin estar obligada a pagar indemnización alguna, mediante notificación por escrito a la otra parte si: a. a la otra parte se le concede una moratoria o se le declara en quiebra; b. la otra parte cesa sus actividades comerciales o liquida su empresa.

22 - Consecuencias de la rescisión

22.1 En caso de rescisión total o parcial del Contrato, independientemente de la causa, el Proveedor deberá: a. facilitar al Cliente, a petición de éste, los datos, documentos y/o materiales ya desarrollados por el Proveedor en virtud del Contrato, así como todos los datos necesarios para su desarrollo posterior; b. prestar su plena colaboración para la transferencia del trabajo realizado por el Proveedor en virtud del Contrato al Cliente o a un tercero designado por el Cliente, de forma que se garantice la continuidad del mismo c. a petición del Cliente, continuar con la entrega de la Prestación en las mismas condiciones establecidas en el Contrato hasta seis meses después de la finalización del Contrato, de forma que se garantice una transferencia adecuada.

23 - Otras disposiciones

23.1 El Cliente podrá solicitar al Proveedor el uso de una herramienta TIC para solicitar presupuestos, tramitar pedidos o presentar facturas, para lo cual el Proveedor prestará su colaboración sin cobrar ningún coste adicional.

23.2 El Proveedor no está autorizado a transferir total o parcialmente a terceros los derechos y obligaciones derivados de cualquier acuerdo con el Cliente, ni a pignorarlos, sin el consentimiento previo por escrito del Cliente.

23.3 Sin perjuicio de las demás disposiciones de estas condiciones, el Proveedor sólo está autorizado a contratar a terceros para la prestación del Servicio con el consentimiento por escrito del Cliente. Incluso una vez obtenido el consentimiento, el Proveedor seguirá siendo plenamente responsable del cumplimiento (puntual y correcto) de todas sus obligaciones frente al Cliente.

23.4 Si el Cliente tiene derecho a imponer una penalización al Proveedor, por el motivo que sea, esta penalización nunca sustituirá a ningún otro derecho del Cliente, como el derecho a indemnización por daños y perjuicios o el derecho al cumplimiento.

23.5 Si alguna de las disposiciones de estas condiciones o de cualquier Contrato fuera nula o inaplicable en virtud de las disposiciones imperativas aplicables, ello no afectará a la validez de las restantes disposiciones.

24 - Ley aplicable y litigios

24.1 Las presentes condiciones y cualquier Contrato se regirán por la legislación neerlandesa. Queda excluida la aplicabilidad de la Convención de Viena sobre los contratos de compraventa de mercaderías.

24.2 Cualquier disputa entre el Proveedor y el Cliente se someterá a la resolución del tribunal competente del distrito en el que se encuentre el Cliente.

PARTE B - MANO DE OBRA FLEXIBLE

Las disposiciones de este Capítulo se aplicarán además de la Parte A de estos Términos y Condiciones si el Proveedor proporciona mano de obra flexible al Cliente.

25 - Definiciones

25.1 En esta Parte B se utilizan las siguientes definiciones además de las del artículo 1: Trabajador flexible: La persona física, que está registrada con el Proveedor para obtener trabajo temporal y entra en un acuerdo (de empleo o agencia) con el Proveedor para realizar trabajo temporal para el Cliente.

26 - Gestión y supervisión

26.1 El Cliente hará todo lo posible con respecto al Trabajador Flexible para supervisar o dirigir el trabajo realizado por el Trabajador Flexible con motivo del encargo realizado al Proveedor.

27 - Requisitos y sustitución del trabajador flexible

27.1 El Proveedor garantiza que su trabajo se realizará de forma competente y siempre empleará a trabajadores flexibles competentes que cumplan con los perfiles de trabajo aplicables del Cliente.

27.2 El Proveedor se asegurará de que cada trabajador flexible cumpla con todos los requisitos legales y permisos para poder trabajar legalmente en los Países Bajos. Por la presente, el Proveedor declara explícitamente que cumplirá con las obligaciones que le incumben en virtud de la Ley de Identificación Obligatoria de los Países Bajos (WID) y la Ley (de Empleo) de Ciudadanos Extranjeros (WAV). El Proveedor indemnizará al Cliente por todas las reclamaciones relacionadas con el incumplimiento por parte del Proveedor de las obligaciones a que se refiere este artículo 27.2.

27.3 El Proveedor exigirá a los Trabajadores Flexibles que cumplan las instrucciones del Cliente y las normas internas aplicables.

27.4 El Proveedor dispondrá inmediatamente la sustitución de un Trabajador Flexible a petición del Cliente si éste no está satisfecho con el rendimiento, las características o la conducta del Trabajador Flexible en cuestión.

27.5 A menos que se acuerde lo contrario por escrito, y sin perjuicio de las demás disposiciones de estas condiciones, el Cliente podrá rescindir el suministro de un Trabajador Flexible en cualquier momento, con un plazo de preaviso de (i) un día si el Trabajador Flexible está trabajando sobre la base de un acuerdo de empleo temporal y (ii) una semana en todos los demás casos.

27.6 Las Partes establecerán por escrito y por separado las condiciones para que el Cliente establezca una relación laboral directa con un Trabajador Flexible, de lo contrario, el Cliente no estará obligado a pagar al Proveedor ningún honorario cuando establezca una relación laboral directa con un Trabajador Flexible.

28 - Requisitos adicionales del Proveedor

28.1 Durante la vigencia del Contrato, el Proveedor deberá: a. estar inscrito en el registro mercantil de la Cámara de Comercio como empresa proveedora de mano de obra bajo uno de los siguientes códigos SBI: 78201 (Empresas de trabajo temporal), 78203 (Bolsas de trabajo) o 7830 (Nóminas); y b. estar certificado de conformidad con la NEN4400 y, a la primera solicitud, deberá proporcionar al Cliente una copia del certificado.

29 - Seguimiento y administración

29.1 Para cada Trabajador Flexible contratado, el Proveedor deberá, respetando las leyes y normativas aplicables: a. organizar una comprobación y registro meticulosos de los datos personales de los Trabajadores Flexibles, incluyendo diplomas, número y periodo de validez del certificado de identificación, permiso de residencia válido y permiso de trabajo (para Trabajadores Flexibles de origen no holandés), registro que, si es necesario, será transparente para el Cliente y/o las autoridades supervisoras; b. realizar una comprobación intermedia del rendimiento del trabajador flexible; c. realizar una comprobación final tras la finalización del suministro para verificar si el trabajador flexible ha cumplido los requisitos acordados; d. antes de la expiración del plazo preacordado para el suministro del trabajador flexible, ponerse en contacto con el Cliente sobre la fecha de finalización definitiva.

29.2 En cualquier caso, el Cliente comprobará el primer día laborable del Trabajador Flexible que, basándose en la persona, su documento de identidad y la información recibida del Proveedor, se ha presentado la persona correcta al Proveedor.

29.3 El Proveedor llevará un registro de las declaraciones mencionadas en el párrafo 1(a) de este artículo. Estas copias se conservarán para el Cliente, respetando el plazo legal de conservación. A primera solicitud del Cliente, el Proveedor pondrá estos registros a disposición del Cliente y/o de las autoridades supervisoras.

PARTE C - FACILITY SERVICES

Las disposiciones de este capítulo se aplican además de a la Parte A de estas Condiciones Generales si el Cliente adquiere Facility Services del Proveedor.

30 - Herramientas y uso de espacios

30.1 Las herramientas, materiales, máquinas y otros materiales, máquinas y otros medios auxiliares necesarios en relación con la prestación son responsabilidad del Proveedor. Sólo se podrán utilizar si el Cliente lo ha acordado por escrito. El uso corre por cuenta y riesgo del Proveedor.

30.2 Antes del inicio del Contrato, las partes acordarán qué servicios y salas del Cliente podrá utilizar el Proveedor. El Proveedor mantendrá limpias las salas que utilice.

PARTE D - TIC

Las disposiciones de esta Parte D se aplicarán adicionalmente a la Parte A de estas Condiciones si las TIC forman parte de la Prestación.

31 - Definiciones

31.1 En esta Parte D se utilizan las siguientes definiciones, además de las definiciones incluidas en el artículo 1:

  • Prueba de Aceptación: El procedimiento (de prueba) con el que se puede demostrar que el Equipo y el Software cada uno por separado, en coherencia mutua y en conexión con otros equipos y software que vaya a utilizar el Cliente funciona de acuerdo con las especificaciones acordadas, la finalidad prevista y los demás requisitos establecidos en el Contrato.

  • Software: la totalidad del software Estándar y Personalizado con las versiones nuevas y/o mejoradas que lo acompañan.

    Software a Medida: el software creado en relación con o como resultado de un acuerdo entre el Cliente y el Proveedor, incluyendo (i) software o software a desarrollar y/o adaptar por el Proveedor en beneficio del Cliente y (ii) cambios y/o adiciones al Software Estándar, incluyendo la documentación, materiales, códigos objeto y códigos fuente asociados.

  • Software Estándar: software con Documentación y materiales adjuntos, tal y como se describe en el Contrato, que no ha sido específicamente desarrollado o adaptado por el Proveedor en beneficio del Cliente.

  • Documentación: todos los manuales de usuario, operativos y técnicos, diagramas de flujo, descripciones y otra documentación necesaria o útil para la implementación, uso, comprensión y mantenimiento del Equipo y el Software.

  • Equipo: El equipo o hardware que el Proveedor debe suministrar al Cliente, incluida la Documentación y los materiales que lo acompañan, en los cuales o en relación con los cuales el Software debe ser implementado y debe funcionar por parte del Proveedor.

  • Licencia: El derecho del Cliente a utilizar el Software de conformidad con las disposiciones del Contrato.

    31.2 Por Prestación, tal y como se define en el artículo 1, se entiende también en esta Parte D el Equipo y el Software, siempre y cuando sean suministrados por el Proveedor.

32 - Entrega

32.1 Simultáneamente con la entrega del software a medida, el Proveedor transferirá al Cliente los soportes de información con los códigos fuente y objeto, la Documentación (incluida una elaboración detallada de las especificaciones técnicas) y otros materiales relativos al software a medida de facto y en propiedad (intelectual).

33 - Documentación

33.1 La Documentación a suministrar por el Proveedor deberá ofrecer una descripción correcta, completa y detallada del Equipo y/o Software a suministrar por el Proveedor y de su mantenimiento. La Documentación será adecuada para permitir a los usuarios utilizar fácilmente el Equipo y/o Software en toda su extensión y mantenerlo o hacer que se mantenga. Además, la Documentación deberá estar redactada en inglés y en el idioma del país en el que se encuentre el Cliente.

33.2 Si el Cliente comprueba que la Documentación facilitada es incompleta, incorrecta o anticuada, el Proveedor sustituirá, modificará o adaptará la Documentación a primera solicitud del Cliente y a sus expensas.

33.3 El Cliente podrá reproducir la Documentación para su propio uso.

34 - Calidad

34.1 Además de lo dispuesto en el artículo 10.1, el Proveedor garantiza que: a. El Software y los Equipos funcionan y son adecuados para su finalidad; b. El Software y los Equipos están libres de defectos y no contienen elementos extraños (como bombas lógicas, puertas traseras, virus o gusanos); . El Software y los Equipos funcionan de forma eficiente, adecuada y, si el Software y los Equipos fueron suministrados por el Proveedor, de forma interdependiente; d. El Software y los Equipos siguen cumpliendo los requisitos, propiedades y especificaciones acordados y prometidos, incluso durante picos de carga; e. El Software y los Equipos funcionarán (seguirán funcionando) plenamente y sin más inversión con la red, el sistema, el software y los equipos del Cliente.

35 - Seguridad y continuidad

35.1 El Proveedor garantizará que las Prestaciones cumplen los requisitos de seguridad que razonablemente puedan establecerse para las mismas y los requisitos de seguridad establecidos por el Cliente.

35.2 A petición del Cliente, el Proveedor depositará las versiones pertinentes del Software en forma de código fuente junto con todos los materiales que sean necesarios para la instalación e implementación, para comprender la composición y estructura del Software y para el mantenimiento del Software con un tercero independiente (el Agente). El Agente proporcionará los materiales mencionados al Cliente de forma gratuita y sin condiciones adicionales en caso de que al Proveedor se le conceda una moratoria de pagos, entre en quiebra o incumpla sus obligaciones y el Cliente tenga derecho a rescindir el Contrato por este motivo.

35.3 Si y en la medida en que la Prestación consista en proporcionar Software as a Service (SaaS), el Proveedor garantizará instalaciones de copias de seguridad adecuadas para los datos del Cliente que se recopilen en uso o en SaaS. Además, el Proveedor permitirá al Cliente almacenar estos datos desde el sitio web o la interfaz del Proveedor en un formato que determinará el Cliente con el fin de realizar sus propias copias de seguridad.

36 - Aceptación

36.1 Antes de la entrega y/o instalación de la Prestación, las partes acordarán los criterios de aceptación y la forma en que tendrá lugar la Prueba de Aceptación.

36.2 El Cliente realizará la Prueba de Aceptación en un plazo razonable tras la entrega y/o instalación de la Prestación. La aceptación de la Prestación por parte del Cliente se hará constar por escrito. La fecha del registro escrito contará como fecha de aceptación.

36.3 Si el Cliente no acepta (partes de) la Prestación, deberá notificarlo por escrito al Proveedor, indicando los motivos. El Proveedor adaptará sin demora la (parte de la) prestación no aceptada y la ofrecerá de nuevo al Cliente para su aceptación. Si el Cliente no acepta (totalmente) la Prestación, el Proveedor incurrirá en mora. En ese caso, el Cliente tendrá derecho a disolver o rescindir el Contrato total o parcialmente, sin perjuicio de los demás derechos que le correspondan.

37 - Mantenimiento

37.1 Si el Cliente contrata el mantenimiento al Proveedor, éste se encargará de: a. reparar los fallos en el Rendimiento y eliminar las averías, tanto de forma preventiva como correctiva; y b. - en el caso de mantenimiento del Software, el suministro de versiones mejoradas y nuevas del Software.

37.2 El mantenimiento se llevará a cabo de forma que obstaculice lo menos posible las operaciones comerciales del Cliente. El mantenimiento se llevará a cabo en las instalaciones del Proveedor, a menos que sea necesario llevarlo a cabo en las instalaciones del Cliente.

37.3 Si el Cliente informa al Proveedor de un fallo o mal funcionamiento en la Prestación, el Proveedor comenzará lo antes posible y posteriormente a trabajar de forma continua y con la mejor dedicación posible en la subsanación del fallo o la eliminación del mal funcionamiento.

37.4 Los ajustes en los Equipos o en el Software no podrán -a juicio del Cliente- afectar negativamente a la Prestación. Las versiones mejoradas y nuevas del Software deben contener al menos las mismas funcionalidades que las acordadas originalmente.

37.5 El Cliente no está obligado a utilizar una versión nueva o mejorada del Software. El Proveedor podrá realizar el mantenimiento al menos 7 años después de la entrega y aceptación del Equipo y/o Software.

37.6 Los costes de ejecución del mantenimiento del Software están incluidos en los costes que el Cliente paga al Proveedor por el uso del Software.

38 - Licencia

38.1 Si el Cliente adquiere una Licencia, esta Licencia será irrevocablemente concedida por el Proveedor al Cliente por el periodo establecido en el Contrato. Si no se ha acordado ningún plazo específico para la Licencia, el Cliente tendrá el derecho perpetuo a utilizar el Software para el que se concedió la Licencia y este derecho no podrá ser rescindido.

38.2 El Cliente tiene derecho a permitir que terceros utilicen la Licencia si ello es necesario o útil para llevar a cabo trabajos para el Cliente. Además, el Cliente tiene derecho a transferir o ceder en uso la Licencia a una empresa afiliada.

38.3 Si el Proveedor incumple o se niega a cumplir sus obligaciones en relación con la Licencia en condiciones de mercado, el Cliente tendrá derecho a modificar o hacer modificar el Software Licenciado con fines de mantenimiento o de otro tipo.

38.4 A menos que se acuerde explícitamente lo contrario por escrito, el derecho de uso no está vinculado a determinados equipos, ubicación o personas.

38.5 El Cliente tiene derecho a realizar copias del Software con fines de copia de seguridad. En caso de catástrofe, estas copias podrán utilizarse para realizar copias de seguridad en las instalaciones de seguridad del Comprador o de terceros contratados por el Comprador a tal efecto.

 

PARTE E - LOGÍSTICA

Las disposiciones de esta Parte E se aplicarán además de la Parte A de estas Condiciones si la Prestación consiste únicamente en servicios logísticos.

39 - Condiciones adicionales

39.1 Si la prestación del Proveedor consiste en el transporte de mercancías para el Cliente dentro de los Países Bajos, se aplicarán las Condiciones Generales de Transporte 2002 versión 2015 (CVA 2015), salvo que se desvíen de las mismas mediante acuerdo o en estas Condiciones, en la medida en que lo permitan disposiciones imperativas.

39.2 Si la prestación a realizar por el Proveedor consiste en el transporte de mercancías para el Cliente, por lo que se cruzan las fronteras holandesas, se aplicará el Convenio CMR. En caso de contradicciones entre las disposiciones del Contrato o estas condiciones, prevalecerán las disposiciones del convenio CMR.

 

PARTE F - EJECUCIÓN DE OBRAS, TRABAJOS DE INSTALACIÓN TÉCNICA Y/O MANTENIMIENTO

Las disposiciones de esta Parte F se aplican adicionalmente a la Parte A de estas Condiciones si la Prestación se refiere a la ejecución de obras (de instalación técnica) y/o a su mantenimiento.

40 - Definiciones

40.1 En esta Parte F se utilizan las siguientes definiciones, además de las incluidas en el artículo 1:

  • Materiales auxiliares: Materiales auxiliares, equipos, materiales auxiliares, trabajos auxiliares y otros materiales auxiliares necesarios para la ejecución de la Prestación y la realización de trabajos auxiliares necesarios

  • Objeto: el elemento, la instalación de cualquier otro objeto respecto del cual el Proveedor realiza o realizará actividades de mantenimiento por instrucción del Cliente.

  • Partida: cantidades monetarias designadas como tales en el presupuesto acordado y a cargo de las cuales se cargarán los gastos descritos con más detalle en el presupuesto.

40.2 Proveedor, tal y como se define en el artículo 1, en esta Parte F también puede significar contratista.

41 - Cumplimiento

41.1 El Proveedor está obligado a realizar la prestación de acuerdo con los planos que le serán facilitados por el Cliente o en su nombre. El Proveedor está obligado a seguir las órdenes e instrucciones que le dé el Cliente.

41.2 Las obligaciones del Proveedor incluyen: a. el suministro de los materiales de construcción necesarios y la realización de los trabajos necesarios; b. el suministro de materiales auxiliares; c. el pago de anticipos, costes de conexión de tuberías auxiliares y similares.

41.3 La forma en que se lleve a cabo la Ejecución deberá ser tal que ni el Cliente ni terceros puedan experimentar ningún obstáculo innecesario.

41.4 Si durante la ejecución de la prestación se encuentran objetos o sustancias que razonablemente puedan causar daños a personas, bienes o al medio ambiente, el Proveedor informará inmediatamente de ello al Cliente. Además, el Proveedor adoptará inmediatamente las medidas de seguridad que exijan las circunstancias, si es posible en consulta con el Cliente.

41.5 El Proveedor informará inmediatamente por escrito al Cliente en caso de situaciones peligrosas, riesgos, cuasi accidentes y accidentes.

41.6 El Cliente tiene derecho a designar a una o varias terceras personas para que sean llamadas por el Cliente como persona(s) encargada(s) de dirigir la prestación.

42 - Conocimiento del Proveedor

42.1 Antes de la ejecución del contrato, el Proveedor deberá informarse de todos los hechos y circunstancias relevantes -incluida la ubicación de cables y tuberías- en el emplazamiento y/o en los edificios donde se vaya a llevar a cabo la Prestación.

42.2 Se considerará que el contratista conoce las disposiciones legales y las decisiones de la Administración relevantes para la ejecución de la prestación. Las consecuencias del cumplimiento de dichas normativas y disposiciones serán por cuenta del Proveedor.

43 - Suministros auxiliares

43.1 El Proveedor será responsable del transporte, correcta recepción y almacenamiento de los Elementos Auxiliares.

43.2 El Proveedor garantiza que todos los Elementos Auxiliares están debidamente mantenidos y aprobados de conformidad con las normas y requisitos aplicables.

44 - Localización

44.1 El Proveedor está obligado a dejar limpios los locales en los que entre con motivo de la realización de los trabajos o donde se entreguen las Prestaciones al final de la jornada laboral y una vez finalizados los trabajos. Los residuos y el material de embalaje deberán ser retirados por el Proveedor inmediatamente después de su salida, por su cuenta y riesgo.

45 - Planificación

45.1 Salvo acuerdo de lo contrario, las actividades realizadas por el Proveedor se entregarán en la fecha indicada por el Cliente y de conformidad con el plan de trabajo del Cliente.

45.2 Si la velocidad de la construcción o un cambio en el orden de las actividades a realizar hace conveniente un ajuste del plan de trabajo, el Proveedor estará obligado a cumplir sus obligaciones en virtud del Contrato de conformidad con este plan de trabajo ajustado, sin que ello dé lugar a ninguna reclamación de pago adicional, aumento de los costes o indemnización. El tiempo de espera no será reembolsado.

46 - Aceptación

46.1 La prestación se considerará entregada cuando el Cliente haya aprobado el trabajo por escrito tras la inspección y se hayan reparado a satisfacción del Cliente los puntos o defectos pendientes y el Cliente haya declarado por escrito que la prestación realizada por el Proveedor puede considerarse entregada. Si el Cliente no aprueba la Prestación, deberá informar de ello al Proveedor, indicando los motivos.

47 - Maintenance

47.1 Si la Prestación consiste también en mantenimiento, el Proveedor garantizará la reparación de los defectos del Objeto y la eliminación de los fallos, tanto preventivos como correctivos.

47.2 El Proveedor reparará los defectos y fallos durante el periodo de mantenimiento a la primera solicitud del Cliente, de forma gratuita y con la debida premura. Si se han acordado niveles de servicio entre las partes con respecto a la realización del mantenimiento, el Proveedor garantiza que se respetarán dichos niveles de servicio.

48 - Colocación de publicidad

48.1 La colocación de su nombre, publicidad u otros avisos por parte del Proveedor en vallas, vallas publicitarias o en cualquier otro lugar de la obra sólo estará permitida previa autorización por escrito del Cliente.

49 - Compensación

49.1 Si la suma de los gastos, que se imputan a una Partida Supuesta, resulta ser superior o inferior al importe de dicha Partida Supuesta, la discrepancia se liquidará, previo acuerdo por escrito al respecto por parte del Cliente y con sujeción a lo siguiente: a. En la compra de materiales y equipos de construcción, los precios se calcularán sobre la base de la entrega franco a pie de obra; b. Cuando se realicen trabajos, se tendrán en cuenta las horas reales empleadas y las tarifas horarias acordadas entre las partes; c. Salvo que se acuerde expresamente lo contrario por escrito, el Proveedor no tendrá derecho a aplicar un recargo a las tarifas mencionadas en a) y b).

49.2 Los costes en la obra por disposición general, cuidado y ejecución no se cobrarán por separado, sino que se considerarán incluidos en los honorarios acordados.

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